El Ayuntamiento de Ávila va a abrir 277 expedientes por casos de edificaciones de más de 40 años que no han pasado la Inspección Técnica de la Construcción a la que están obligadas sus propietarios por ley desde el pasado año.
Las inspecciones tienen como objetivo la mejora del aspecto estético de la ciudad y las condiciones de salubridad y seguridad de las viviendas, ha recordado hoy en una rueda de prensa el teniente de alcalde de Servicios a la Ciudad en el Consistorio abulense, Alberto Plaza.
La normativa busca un "mayor control" de la edificabilidad, de cara a "provocar unas condiciones económicas en un sector" como el de la construcción, dada su situación actual.
Así, una vez se conozcan las condiciones en las que se encuentran los edificios, se realizarán, cuando sea necesario, obras de mejora de las viviendas, que redundarán en la mejor habitabilidad de las viviendas.
Desde la aprobación de la ordenanza y hasta el 31 de enero de 2012, en la capital abulense había 936 edificios sujetos a inspección, aunque en 85 de esos casos se ha justificado que la antigüedad era menor, como consecuencia de una rehabilitación integral o del estado del solar.
Así, la cifra final ha sido de 851 edificios sujetos a inspección, con respecto a los que se han presentado 524 inspecciones.
El 24,6 de ellas ha resultado desfavorable, aunque a este dato hay que sumar las 19 justificaciones de rehabilitación integral que no se han admitido en la oficina técnica, y las 31 solicitudes de prórroga recibidas, de modo que, en total, hasta el final de enero de este año, se han realizado 574 inspecciones en edificios.
Por ello, han restado 277 inspecciones que no se han realizado, lo que obliga al Ayuntamiento de Ávila a iniciar un expediente que comenzará con el apercibimiento a los propietarios.
De continuar rechazando la inspección, se incoará expediente sancionador, que lleva aparejado una multa de entre 1.000 y 10.000 euros y, finalmente, de seguir sin realizarse la inspección, se emitirá la orden de ejecución forzosa, que puede implicar multas coercitivas y la ejecución subsidiaria.
Fuente: Finanzas
No hay comentarios:
Publicar un comentario